LEY REGULADORA DE LAS BASES DEL RÉGIMEN LOCAL
Art. 85. 1. Son servicios públicos locales los que prestan las entidades locales en el ámbito de sus competencias.
2. Los servicios públicos de la competencia local podrán gestionarse mediante alguna de las siguientes formas:
A) Gestión directa:
a) Gestión por la propia entidad local.
b) Organismo autónomo local.
c) Entidad pública empresarial local.
d) Sociedad Mercantil local, cuyo capital social pertenezca íntegramente a la entidad local o a un ente público de la misma
B) Gestión indirecta:
Mediante las distintas formas previstas para el contrato de gestión de servicios públicos en el artículos 156 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio.
3. En ningún caso podrán prestarse por gestión indirecta ni mediante sociedad mercantil de capital social exclusivamente local los servicios públicos que impliquen ejercicio de autoridad.
(1) LAS FÓRMULAS PÚBLICAS DE CULTURA:
La burocracia es un obstáculo del que nadie está exento. Desde el estudiante que pide una beca hasta el millonario que adquiere un yate tiene que pasar por esta traba de obligado cumplimiento. Pero, mal que nos pese, la burocracia es también una contrariedad de lo más necesaria. De su correcta ejecución se establece un orden, un control, una organización sin los cuáles no se podría ejercer ninguna actividad profesional. Si hay una figura que debe hacer frente a este óbice en su día a día, esa es la del gestor cultural. La suya es una actividad que ha de ser dinámica, resuelta, enérgica… y sin embargo, tropieza una y otra vez con la lentitud de los procesos necesarios para la correcta aplicación de las actividades que organiza.
De acuerdo al artículo 85 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local existen 5 formas de abordar la gestión cultural pública (ver artículo). La más extendida de estas formas, pero no por ello la más eficaz, es la Gestión Cultural directa llevada a cabo por la propia entidad local. Ésta es la forma que queda adscrita a una Concejalía, Área u órgano equivalente. Por lo general, se trata de una gestión anquilosada caracterizada por la lentitud de sus procedimientos. Pero existen otras fórmulas de gestión directa que están empezando a despuntar como alternativa. Éstas son las llevadas a cabo por un Organismo autónomo local, por una Entidad pública empresarial local o por una Sociedad mercantil local, cuyo capital social pertenezca íntegramente a dicha entidad local o a un ente público de la misma. Sin duda, todos ellos, loables esfuerzos para conseguir una gestión cultural más dinámica y ágil, de mayor especialización y profesionalidad. En revistatecnic.net hemos querido destacar algunos ejemplos de estas fórmulas públicas de cultura que son referente dentro del ámbito español.
1) Organismo autónomo Local: Patronato Municipal de Cultura, Educación y Desarrollo Local de Torre Pacheco.

Este Patronato nace en el año 1987 como Organismo Autónomo, dependiente del Ayuntamiento de Torre-Pacheco, y formado por las Concejalías de Cultura, Educación, Juventud, Desarrollo Local, Empleo, Comercio y Mujer de este municipio. El propósito de su creación es el de dar respuesta, desde una perspectiva descentralizada de servicio, a las actividades, instalaciones, gestión, etc., de nivel cultural y educativo, así como desarrollar actividades y programas encaminados al fomento de la formación, empleo y desarrollo local.
Los órganos de gobierno que rigen este patronato son una Junta Rectora y una Comisión Ejecutiva. La Junta Rectora está compuesta por miembros natos (el Alcalde, el Concejal Delegado de la Comisión de Cultura y Educación, el Concejal Delegado de Cultura y Deportes y el director-técnico que, en su caso, designe la Junta Rectora) y por miembros electivos (cinco concejales designados por el Ayuntamiento de entre los miembros de su Corporación, dos vocales designados por el Pleno de la Corporación, dos representantes de los I.E.S de Torre-Pacheco, un representante del profesorado de los Centros de Enseñanza Infantil y Primaria del término municipal, un representante de la C.O.E.C_ Confederación de Organizaciones Empresariales de Cartagena_, y un representante de los sindicatos de dicho Ayuntamiento).
Las actividades culturales y educativas se desarrollan mayoritariamente en los espacios que dependen del Patronato como lo son: El Centro de Artes Escénicas de Torre-Pacheco, La Casa de la Juventud, La Biblioteca Pública, La Sala de Exposiciones del Antiguo Ayuntamiento, los Centros Cívicos…, etc.
2) Entidad pública empresarial local: “DONOSTIA KULTURA”

DONOSTIA KULTURA inició su andadura en 1990 como Organismo Autónomo del Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián (Patronato Municipal de Cultura). Con su creación se agruparon los servicios de carácter cultural que, hasta entonces, se gestionaban a través de tres Patronatos: el de San Telmo, Castillo de la Mota y Monte Urgull, el de Bibliotecas y Casas de Cultura, y el de Teatros y Festivales. No fue hasta 2007 que se transformó en la Entidad Pública Empresarial que hoy existe y cuya función principal es la de organizar actividades y prestar servicios culturales destinados a los ciudadanos de Donostia_San Sebastián, teniendo encomendada la gestión de diversos edificios y equipamientos culturales de propiedad municipal.
Potente prototipo de lo que debería ser toda buena gestión cultural pública, para el óptimo desarrollo de sus actividades y servicios cuenta con tres unidades centrales: Servicios Generales, que se ocupa de las cuestiones administrativas de la Entidad; la Unidad de Comunicación e Imagen, que gestiona la difusión de la programación, la comunicación en general, así como la propia imagen corporativa de DONOSTIA KULTURA, y, por último, Producción, que se ocupa de dar soporte técnico, logístico y de organización a toda la programación.
En revistatecnic.net nos hemos puesto en contacto con D. Antton Azpitarte, director gerente de la entidad, para que nos hable en primera persona de las ventajas que presenta este modelo de gestión cultural.
TECNIC_ ¿Por qué eligieron este modelo de gestión cultural?
ANTTON AZPITARTE_ La figura de organismo autónomo, primero adoptada, suponía una serie de limitaciones en la organización y el funcionamiento de DONOSTIA KULTURA por lo que, tras la realización de un estudio de las necesidades de organización y modernización, así como la búsqueda de mejoras en la fiscalidad, nos orientó a la elección de la figura jurídica de entidad pública empresarial.
TECNIC_ ¿Cuáles son las ventajas que presenta este modelo respecto al resto de fórmulas públicas de cultura?
ANTTON AZPITARTE_ Sin duda, todo son ventajas. Permite mayor agilidad en los procedimientos, menor burocracia, mejor gestión presupuestaria y mejoras en la fiscalidad.
TECNIC_ ¿Cuál es su vinculación con el resto de la organización municipal?
ANTTON AZPITARTE_ Tenemos la misma vinculación que con la anterior formulación jurídica de Organismo Autónomo. No ha habido cambios a este respecto, estamos perfectamente integrados.
TECNIC_ La financiación consiste en Fondos propios de la Administración pública, del propio Ayuntamiento, o existen fórmulas alternativas de financiación?
ANTTON AZPITARTE_ La financiación básica consiste en la aportación municipal y se completa con subvenciones y patrocinios públicos y privados y la venta de productos y servicios.
TECNIC_ ¿Aconsejaría la utilización de este tipo de sistema de fórmula pública de cultura?
ANTTON AZPITARTE_ Cada organización tiene sus características y sus especificidades, y es muy difícil generalizar. Además, esta figura de entidad pública empresarial no es aplicable en todos los casos, por lo que cada organización debe analizar sus características y necesidades para adoptar la figura más adecuada.
TECNIC_ Destaque alguna de las actividades y servicios culturales que proporcionan a los ciudadanos de Donostia.
ANTTON AZPITARTE_ DONOSTIA KULTURA es la entidad municipal responsable de la organización y gestión de actividades y servicios culturales. Además de la gestión de los equipamientos culturales municipales (teatros, museo, centros culturales, bibliotecas,…) realiza la programación municipal de Literatura, Arte, Cine, Teatro, Danza, Música y organiza todos los eventos festivos (San Sebastián, Carnavales, Semana Grande, Eusakal jaiak, Bandera de la Concha, Santo Tomás,…). También organiza el Festival de cine y derechos humanos, dFeria, Jazzaldia, Semana de cine fantástico y de terror,… y un larguísimo etcétera.

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3) Sociedad mercantil local: Sociedad Gestora del Año Jubilar Lebaniego:
Fue en enero de 2006 cuando se autorizó la creación de la Sociedad de responsabilidad limitada denominada “Sociedad Gestora del Año Jubilar Lebaniego S.L” con el objetivo de impulsar la difusión, promoción y conmemoración del Año Jubilar Lebaniego. La decisión de crear esta sociedad mercantil se tomó tras la declaración como acontecimiento de excepcional interés público de esta celebración. Se hacía evidente entonces la necesidad de creación de una entidad específica de naturaleza mercantil dotada de los medios necesarios para una gestión eficaz del evento.
La “Sociedad Gestora del Año Jubilar Lebaniego S.L” se encarga del diseño, programación, coordinación y, en su caso, la realización de actividades relacionadas con la conmemoración del Año Jubilar Lebaniego, tales como competiciones deportivas, congresos, jornadas y ciclos de exposiciones itinerantes, representaciones teatrales, conciertos musicales, actividades de animación, producción cinematográfica y audiovisual, etc. Pero, además de esto, también se ocupa de la conservación, rehabilitación y recuperación de los caminos de peregrinación al Monasterio de Santo Toribio de Liébana, la colocación de señales para su identificación, la promoción de la artesanía y el diseño relacionado con los caminos, la construcción de las áreas de descanso en los puntos de interés paisajístico y monumental así como de cualquier otra infraestructura relacionada con los caminos de peregrinación. También se encarga de la celebración de contratos de patrocinio de los eventos, la gestión del uso y explotación comercial de los signos visuales que identifican el Año Jubilar Lebaniego, así como la información general sobre la regulación, medidas de protección y otorgamiento de licencias para su explotación comercial.
Esta sociedad, cuya tutela funcional corresponde a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de Cantabria por guardar sus competencias una clara relación, obtiene su financiación de: los bienes y valores que integran su patrimonio, los productos y rentas de dicho patrimonio, los ingresos derivados de sus operaciones en el tráfico mercantil, las aportaciones que realizan entidades privadas y particulares y las subvenciones a la explotación y de capital que realiza el Gobierno de Cantabria o cualquier otra administración pública, territorial o institucional.
Las fórmulas presentadas son un claro ejemplo de efectividad en la gestión cultural, pero es importante señalar que frente estos modelos, basados en la transparencia, profesionalidad y rigor, encontramos otras realidades.
La falta de concreción normativa de estas fórmulas, de su funcionamiento, control fiscal o, en ocasiones, de su misión estratégica, hace que nos tropecemos con algunas anécdotas desagradables. La utilidad de estas matrices de gestión se diluye a veces, bajo el yugo de algunos dirigentes, en maneras magistrales del engaño, la argucia o la artimaña para esconder la verdadera justificación de la constitución de estas entidades. Esta problemática intrínseca compartida entre los modelos de gestión poco definidos, tienen una clara solución: LA NORMALIZACIÓN, ya que está visto que la buena fe se va evaporando.
Esta reglamentación debe fundamentarse sobre dos pilares claramente definidos: la participación ciudadana efectiva, tanto en el control de la actividad como del funcionamiento y, en segundo término, la intervención del agente privado que afinará la profesionalización y la actualización de contenidos, procesos y métodos del órgano.
Además, aparecen dos herramientas más que afianzarían la gestión de la cultura como servicio de proximidad. La definición clara de las competencias en materia de cultura para cada uno de los estamentos territoriales de la Administración y un nuevo modelo de financiación local.
Encontramos un tema de gran interés en lo que conlleva la distribución de competencias en materia de cultura entre las distintas administraciones, su descentralización y desarrollo. Para ello estamos trabajando intensamente en la revista. Por otro lado, los nuevos modelos de financiación local son tema espinoso. Para dar unas primeras pinceladas invitamos a los políticos.
(2) FINANCIACIÓN LOCAL Y CULTURA:
Los partidos políticos nunca se ponen de acuerdo con las cuestiones importantes. La educación es un claro ejemplo. La financiación local otro. Desde el inicio de la democracia en España, todos los partidos han publicitado en sus programas electorales una mejora de la financiación municipal. Pero las expectativas creadas desde esos primeros años nunca han llegado a afianzarse. Parece evidente que urge una reforma de la Ley que regula la financiación local y de ésta, dependerá entre otras cosas el futuro de la financiación municipal destinada al área de cultura.
Los pequeños partidos suelen gobernar pequeñas ciudades y en revistatecnic.net siempre nos hemos interesado por la vertiente más local. Es por ello que hemos querido hablar con dos partidos políticos de tendencias claramente enfrentadas para que cada uno, desde su visión, hable sobre los principales problemas que detectan en la financiación local, sus propuestas para mejorarla, y el papel de la Cultura. Un partido nacionalista (CDC) y otro de ámbito nacional, pero con clara vertiente local (IU). Esto es lo que nos han contado:
LEER A CARME VIDAL I HUGUET (Diputada al Parlamente de Catalunya per CDC)
LEER A PEDRO ESCOBAR: Coordinador General de IU-Extremadura.